Barrera de acceso al derecho de refugio de las personas de interés en Costa Rica

06.08.2018

Elaborado por: HIAS Costa Rica

A raíz de las miles de personas nicaragüenses que han estado saliendo de su país de origen o que residiendo sin una condición migratoria en regla, en Costa Rica, se han acercado a solicitar refugio, el 18 de julio pasado la Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica implementó un sistema que implica una barrera de acceso al ejercicio del derecho de refugio para dichas personas.

En su nota de prensa informa que para tener acceso al servicio de citas para solicitantes de refugio a través de su call center llamando al número 1311 se debe contar con una línea telefónica "Kolbi" y que tendrá un costo de $3 por cuatro minutos de atención.

La Ley General de Migración Y Extranjería, específicamente en su artículo 117, párrafo segundo, establece que el procedimiento para la determinación de la condición de refugiado "será llevado a cabo sin costo alguno y de la manera más expedita, sin perjuicio de las garantías procesales y los derechos del peticionante" (énfasis no pertenece a original).

Aparejada a la gratuidad del trámite, el Estado debe de garantizar además un acceso efectivo al sistema y al procedimiento, de forma tal que las personas refugiadas puedan formalizar su solicitud y ser registradas de manera rápida, consecuente con los principios de eficacia y eficiencia que permean la Administración Pública.

Sin perjuicio de lo anterior, ante situaciones de emergencia o urgencia, tomando en consideración los recursos limitados con los que puede contar la Administración Pública, puede tomar medidas tendientes a mejorar la consecución del fin público. Sin embargo, estas medidas deben estar a derecho, sin alterar los principios y bases establecidos en el Ordenamiento Jurídico, en especial, el principio de igualdad y no discriminación.

La medida tomada por la DGME no respeta la gratuidad ni el derecho de petición y por ende lesiona el Principio de Legalidad que rige la conducta de los funcionarios públicos.

HIAS Costa Rica ha constatado que la DGME únicamente tiene este sistema de citas a través de su call center y no cuenta con un mecanismo adicional para la asignación de citas, dada la negativa de sus funcionarios a recibir la solicitud de quienes se presentan directamente a la Unidad de Refugios. Las citas se están programando gradualmente y llegan al mes de octubre con lo cual las personas quedan en estado de indefensión por posibles deportaciones a su país de origen.

HIAS Costa Rica ha solicitado a la Dirección General de Migración y Extranjería una aclaración sobre este asunto, y no ha obtenido respuesta. También ha informado al ACNUR y ha pedido la intervención inmediata de la Defensoría de los Habitantes.

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